Micelio
Auto3 de septiembre de 2014

A- de 2014

Ponente Jorge Ignacio Pretelt Chaljub

Demandante Alvaro Noreña Noreña Y Otra Vs Superintendencia Delegada Para Procedimientos Mercantiles

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Acción De Tutela
  • Decreto 1382 de 2000 no establece competencia sino reglas de simple reparto
Conflicto De Competencia
  • Principio perpetuatio jurisdictionis
Corte Constitucional
  • Competencia para dirimir conflictos de competencia
  • Competencia residual cuando autoridades judiciales carezcan de superior jerárquico común
Superintendencia De Sociedades
  • Entidad del sector descentralizado por servicios
  • Naturaleza jurídica
7 temas · 9 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de competencia suscitado entre la Sala Civil Familia del Tribunal Superior de Antioquia y el Juzgado Segundo Penal del Circuito de Rionegro (Antioquia), en torno al trámite de la acción de tutela de la referencia.

Luego de analizar el caso en concreto, la Sala advirtió que no existe un conflicto de competencia ni siquiera aparente, sino que el asunto entraña una controversia con relación a las reglas de reparto contenidas en el Decreto 1382 de 2000.

Se concluye que, en aplicación del principio de la perpetuatio jurisdictionis, es el Juzgado Segundo Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Rionegro, quien debe continuar con el trámite de primera instancia y proferir decisión de fondo respecto del amparo solicitado.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. Primero. DEJAR SIN EFECTOS el Auto proferido el 26 de junio de 2014 por el Juzgado
  2. Segundo. Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Rionegro, Antioquia, mediante el cual remitió el expediente a esta Corporación para que resolviera el supuesto conflicto de competencia suscitado.
  3. Segundo. REMITIR el expediente contentivo de la acción de tutela instaurada por Álvaro Noreña Noreña y la Sociedad Noreña y Díaz S.A.S. contra la Superintendencia Delegada para Procedimientos Mercantiles- Superintendencia de Sociedades, al Juzgado
  4. Segundo. Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Rionegro, Antioquia, para que sin más demoras, continúe con el trámite de la primera instancia y profiera decisión de fondo respecto del amparo solicitado.
  5. Tercero. INFORMAR de esta decisión a la Sala Civil Familia del Tribunal Superior de Antioquia, para que tenga conocimiento de sobre lo aquí resuelto.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.